Los ciudadanos y ciudadanas de la UE que no lleven 5 años seguidos residiendo en el Reino Unido podrán solicitar el estatus de pre-asociado, sin más requisito que el de demostrar esa residencia ininterrumpida; no obstante, su caso podrá quedar sujeto a un previo chequeo de identidad y de antecedentes penales.
Una vez cumplidos los cinco años podrán solicitar el estatus de asentado.
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