Las empresas que presentaron proyectos de inversión para obtener exoneraciones de impuestos, presentan dificultades para el cumplimiento de los objetivos comprometidos en el contexto de la coyuntura actual.
Por eso, el MEF resolvió que las empresas podrán optar por un lado por no computar para el cumplimiento de los indicadores comprometidos los ejercicios finalizados en el período comprendido entre el 1º de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
La otra posibilidad que tendrán es la de considerar el cumplimiento de los indicadores comprometidos tomando para el cálculo del promedio, la totalidad o alguno de los meses del período mencionado, a opción de la empresa.
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