Sistema interno de información

¿Qué es el Sistema Interno de Información? 

Es un Sistema Interno de Información (en adelante, “SII”) que facilita a las personas poner en conocimiento de la Oficina y/o de la persona Responsable del Sistema, aquellas acciones u omisiones producidas en el seno de las entidades que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi (“CAE”), y, en particular, las producidas en SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, y que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave

Puede informar cualquier persona que trabajando dentro del sector público o privado haya tenido información sobre estas acciones irregulares graves que, fruto de su relación laboral o profesional, afecte a las organizaciones integradas en el sector público de la CAE. 

El Sistema permite la investigación de los hechos con garantía de confidencialidad y protección de la persona informante. 

El SII ha sido regulado e implantado por el Gobierno Vasco, en cumplimiento de la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre, relativa la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea, y de la legislación estatal (Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción), mediante Decreto 89/2023, de 13 de junio de 2023, de creación y regulación del Sistema Interno de Información de infracciones normativas y de protección de las personas informantes en el marco del sector público de la CAE. 

  • Confidencialidad. 
  • Control de represalias. 
  • Posibilidad de comunicaciones anónimas. 
  • Presunción de inocencia y derecho de defensa de las partes. 
  • Tramitación efectiva de las comunicaciones (riguroso cumplimiento procedimental). 
  • Independencia, imparcialidad y ausencia de conflictos de interés. 
  • Infracciones por actos contrarios a la legislación de la Unión Europea que afecten a sus intereses financieros o incidan en su mercado interior
  • Infracciones penales y administrativas graves o muy graves. 
  • Empleados de la Administración Pública (con relación funcionarial o laboral, o con carácter previo a tenerla o con relación laboral o estatutaria ya finalizada). 
  • Autónomos. 
  • Accionistas, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de una entidad. 
  • Trabajadores por cuenta ajena. 
  • Voluntarios, becarios y trabajadores en prácticas. 
  • Cualquier persona que trabaje para contratistas, subcontratistas y proveedores. 

¿Cuáles son los principios esenciales del SII? 

  • Confidencialidad. 
  • Control de represalias. 
  • Posibilidad de comunicaciones anónimas. 
  • Presunción de inocencia y derecho de defensa de las partes. 
  • Tramitación efectiva de las comunicaciones (riguroso cumplimiento procedimental). 
  • Independencia, imparcialidad y ausencia de conflictos de interés. 

¿Sobre qué se puede informar? 

  • Infracciones por actos contrarios a la legislación de la Unión Europea que afecten a sus intereses financieros o incidan en su mercado interior (actos de corrupción en ámbitos, como: contratación pública; mercados financieros y blanqueo de capitales; seguridad de los productos; seguridad del transporte; protección del medio ambiente, protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear; salud pública, protección de los consumidores; protección de la privacidad y protección de datos, seguridad de las redes y los sistemas de la información; materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados). 
  • Infracciones penales y administrativas graves o muy graves

¿Quién puede informar al SII? 

Cualquier persona que en el contexto de su relación laboral o profesional con las organizaciones que conforman el Sector Público de la CAE tenga información sobre presuntas infracciones graves o muy graves dentro de estas organizaciones. Nos referimos a: 

  • Empleados de la Administración Pública (con relación funcionarial o laboral, o con carácter previo a tenerla -sobre infracciones en procesos selectivos-, o con relación laboral o estatutaria ya finalizada). 
  • Autónomos. 
  • Accionistas, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de una entidad. 
  • Trabajadores por cuenta ajena. 
  • Voluntarios, becarios y trabajadores en prácticas. 
  • Cualquier persona que trabaje para contratistas, subcontratistas y proveedores. 

¿Cómo debo presentar la información? 

Se puede acceder directamente al Sistema Interno de Información
mediante el siguiente enlace: Sistema interno de información (euskadi.eus)